El Equipo Especifico de Intervención Infancia y Adolescencia son equipos interdisciplinares de carácter municipal. La intervención de estos servicios, en coordinación con los equipos de Servicios Sociales, también de carácter municipal, incluirá la atención a las problemáticas relacionadas con menores en situación de riesgo y con medidas jurídicas de protección.
El EEIIA realizará las siguientes técnicas de intervención: orientación psicosocial, mediación y terapia familiar.
Objectivos:
- Favorecer la comunicación y las relaciones entre los miembros de la familia, promoviendo y potenciando sus recursos propios, y prevenir situaciones de crisis familiares y/o violencia, y reducir tensiones.
- Potenciar las habilidades de los miembros de la familia para resolver conflictos o situaciones de crisis.
- Generar oportunidades para el cambio ofreciendo a los miembros de la familia un espacio para ello.
- Ayudar a reestablecer las relaciones familiares con el fin de recuperar y reforzar las relaciones deterioradas (de pareja, paterno/materno filiales, paternales, etc.).
Prestación del servicio
- Orientación psicosocial con el fin de prevenir situaciones de riesgo que desemboquen en un deterioro de la convivencia familiar y de los menores en la familia.
- Mediación donde las partes contarán con la figura del mediador/a como persona imparcial que diseña un proceso para que éstas puedan dialogar y llegar a acuerdos.
- Terapia, dirigido al conjunto de la familia o a algunos de sus miembros con la finalidad de normalizar sus relaciones personales y sociales.
Acceso al EEIIA
Se accede por derivación del Área de Familia e Infancia de los Servicios Sociales Especializados.
Orientación y asesoramiento en adopciones nacionales e internacionales.
Prestaciones
- Desde el Departamento de Promoción Social del Ayuntamiento de Dénia se informa a los ciudadanos y las ciudadanas sobre los trámites necesarios para iniciar el procedimiento. Adoptar un/a menor es un procedimiento sujeto a múltiples variaciones si, especialmente, se trata de una adopción internacional.
- Por ello, de manera previa a la presentación de la solicitud, la Consellería de Bienestar Social ofrece a todo aquél que esté interesado en la adopción, con una periodicidad quincenal, unas Sesiones Informativas que aportan información actualizada tanto sobre adopción nacional como internacional, concretamente en las direcciones territoriales de Alicante, Castellón o Valencia.
- En estos Servicios Sociales se les facilitan la solicitudes correspondientes, la información sobre los trámites a realizar, según el país elegido, así como el calendario de celebración de las reuniones que organiza la Consellería.
Documentación inicial
Además de adjuntar una fotocopia de su D.N.I., éstos son los documentos que en una primera fase de la tramitación, deberá presentar:
- Adopción nacional:
- Solicitud AN
- Cuestionario Inicial AN
- Declaración Jurada de no estar incurso en causa penal
- Adopción internacional:
- Solicitud AI
- Cuestionario Inicial AI
- Declaración Jurada de no estar incurso en causa penal
Acceso:
Las peticiones se atienden por el Área de Familia e Infancia de los Servicios Sociales Especializados.
Es un programa que tiene como fin la prevención, detección, intervención, seguimiento y la reintegración en la vida académica de los alumnos y alumnas entre 6 y 16 años, con problemas de absentismo matriculados en los centros educativos de Dénia, Jesús Pobre y La Xara.
Objetivos
- Se pretende reducir las tasas de absentismo.
- Intervenir directamente en los casos detectados.
- Intervenir con los casos de menores desescolarizados.
- Promover la integración sociales de los alumnos y alumnas que se encuentren en una clara situación de riesgo social.
- Detectar necesidades y posibles situaciones de riesgo para prevenir otras posibles situaciones negativas.
- Conseguir la colaboración de los distintos agentes sociales para promover el proceso de integración de los menores absentistas.
Prestaciones
Intervenciones socioeducativas, tanto en el ámbito escolar, familiar como social con el fin de prever y evitar situaciones de absentismo escolar y todas aquellas situaciones negativas que se puedan derivar por esta causa.
Acceso
Se accede por derivación del Área de Familia e Infancia de los Servicios Sociales Especializados.
El acogimiento familiar es una alternativa de convivencia no institucional para aquellos niños y niñas que no puedan vivir con su familia, por encontrarse en una situación de riesgo o desamparo.
Modalidades
Atendiendo a su finalidad puede adoptar las siguientes modalidades previstas en el Código Civil:
- Acogimiento familiar simple, que tiene carácter transitorio, bien porque de la situación del menor se prevé la reinserción de éste en su propia familia bien en tanto se adopta una medida de protección que revista un carácter más estable.
- Acogimiento familiar permanente, cuando la edad u otras circunstancias del menor y su familia así lo aconsejen.
A su vez, el acogimiento familiar, en sus modalidades de simple y permanente, puede distinguirse en razón de la vinculación de la familia o persona acogedora y el menor, en:
- Acogimientos familiares en familia extensa, que son aquellos que se formalizan con personas vinculadas con el menor por una relación de parentesco, siendo su objetivo evitar que éste se desvincule afectivamente de su entorno familiar, manteniéndolo en el mismo. Se asimilan a estos acogimientos aquellos formalizados con personas vinculadas con el menor o con su familia por una especial y cualificada relación.
- Acogimientos familiares con familia educadora, que son aquellos que se formalizan con personas sin vinculación alguna con el menor, en función del interés educativo de éste. Esta familia debe estar inscrita en el Registro de Familias Educadoras, del cual existe uno en cada Dirección Territorial de Bienestar Social.
Acceso:
Se accede por derivación de los Servicios Sociales Especializados
Enlaces de interés:
Programa de intervención socioeducativa con núcleos familiares desestructurados y menores en situación de riesgo.
Objetivos
- Prevenir situaciones de riesgo en los/as menores.
- Potenciar los propios recursos de las familias, favoreciendo su propia autonomía.
- Intervenir en los diferentes ámbitos ( higienes y salud; escolaridad; organización económica y domestica; dinamiza familiar e integración socio laboral) con el fin de mejorar la calidad de vida de las familias.
Prestación del servicio
- Intervenciones sociales, informando, orientando y gestionando los recursos adecuados y existentes.
- Intervenciones socioeducativas, acompañando a la familia en su proceso de cambio.
- Intervenciones psicosociales de carácter terapéutico.
Acceso al P.I.F.
Se accede por derivación del Área de Familia e Infancia de los Servicios Sociales Especializados.
Requisitos Generales
Según la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, se consideran Familias Numerosas las siguientes:
- Uno o dos ascendientes con tres o más hijos
- Un o dos ascendientes con dos hijos (comunes o no), si al menos uno es discapacitada.
- Dos ascendentes, discapacitadas ambos o al menos uno de ellos con un grado de discapacitada igual o superior al 65%, con dos hijos, comunes o no.
- Padre o madre separados o divorciados, con tres o más hijos, comunes o no, aunque estén en distintas unidades familiares, si están bajo su dependencia económica, aunque no convivan en el hogar conyugal.
- Dos hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, sometidos a tutela, acogimiento o guarda sin estar a expensas de tutor, acogedor o guardador.
- Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos si uno es discapacitado, que convivan y tengan dependencia económica entre sí.
Requisitos para los hijos:
- Ser solteros y menores de 21 años, excepto discapacitados o incapacitados para trabajar. Se ampliará a los 25 años en caso de estudios.
- Convivir con el ascendiente/s.
- Depender económicamente del ascendiente/s
- Todos los miembros de la familia deberán ser españoles o nacionales de países de la UE y tener su residencia en España.
- Los extranjeros nacionales de otros países, tendrán derecho al reconocimiento de la condición de familia numerosa en igualdad de condiciones que los españoles, siempre que todos los miembros de la familia que den derecho al título residan legalmente en territorio nacional.
Documentación necesaria:
Primera sol·licitud:
- Impreso de solicitud firmado por uno de los padres.
- Fotocopia compulsada del DNI, NIE o Pasaporte de los mayores de 14 años.
- Fotocopia compulsada del Libro de Familia o, en su defecto, partida de nacimiento de los hijos y certificación de matrimonio.
- 1 fotografía (7 x 5 cm.) de todos los miembros del grupo familiar.
- Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
Para los extranjeros además:
- Tarjeta de residencia de toda la familia.
- Certificación de matrimonio y de nacimiento de los hijos. En caso de estar en distinto idioma, traducción jurada al castellano.
Renovación:
- Impreso de renovación firmado por uno de los padres.
- Libro de familia (original).
- Título de Familia numerosa.
- 1 fotografía de 7 x 5 cm. del grupo familiar en caso de variación en el
número de miembros.
- Certificado de empadronamiento.
En ambos casos (primera solicitud i renovación)
- Si existe minusvalía, fotocopia del certificado de la condición de minusválido.
- En caso de separación/divorcio, fotocopia de la sentencia y Convenio Regulador.
- Desde los 21 a los 25 años, deberá justificar los estudios mediante certificado o matrícula oficial junto a justificante de pago de la misma.
Acceso y tramitación:
A través de la Informadora del Departamento de Atención al Público de la Concejalía de Promoción Social.
Plaza Archiduque Carlos, 3
Tel.: 96 642 15 55